22 septiembre, 2022

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El sistema de seguridad social aprueba cobertura de los test del COVID-19 para afiliados o no mientras dure emergencia epidemiológica

El sistema de seguridad social aprueba cobertura de los test del COVID-19 para afiliados o no mientras dure emergencia epidemiológica

Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) emitió la Resolución N° 229-2020 (ANEXA AQUI) que aprueba el procedimiento y las condiciones para la cobertura de las pruebas de laboratorio RT PCR SARS- COVID-2 a  la población nacional, tanto para los afiliados al Seguro Familiar de Salud de los Regímenes Contributivo y Subsidiado, así como para los Planes Especiales Transitorios para Pensionados y Jubilados, y del Seguro de Riesgos Laborales y también para quienes no sean afiliados.

La citada resolución fue emitida en el día de hoy, tras la suscripción de un acuerdo interinstitucional entre el ministerio de Salud Pública (MSP), el Instituto de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL) y la SISALRIL, con el objetivo de colaborar de manera conjunta para la realización de las pruebas de detección del Coronavirus COVID-19 en el territorio nacional. Dicho convenio tuvo como testigos a todas las ARS, las asociaciones ADARS y ADIMARS, así también a representantes de los laboratorios Referencia y Amadita.

En ese sentido, las pruebas serán administradas conforme a las disposiciones de MSP que establecen que las mismas deberán ser prescritas a personas que presenten dos o más síntomas asociados al COVID-19; que han tenido contactos con pacientes confirmados de esta enfermedad; que hayan estado expuestas a lugares de transmisión en el exterior del país; y a otras que se considere necesario por razones epidemiológica.

Las personas que tengan prescripción de las pruebas de laboratorio confirmatorias del CoVID-19 por médicos de las especialidades definidas por el ministerio de Salud Pública, actualmente: nternistas, neumólogos, infectólogos o epidemiólogos, deberán solicitar una cita en el laboratorio público o privado de su preferencia que haya sido autorizado por el Ministerio de Salud Pública, el cual le indicará la fecha, lugar y procedimiento para la toma de muestra.

Para las personas afiliadas la Seguro Familiar de Salud, Planes Especiales Transitorias de Pensionados y Jubilados y afiliados al Seguro de Riesgos Laborales, la ARS asumirá el pago de estas pruebas y recibirá un reembolso por vía de la Tesorería de la Seguridad Social, previa auditoría por la SISALRIL.

Para las personas que no sean afiliadas a los mencionados planes del Sistema de Seguridad Social, que cuenten con la prescripción de alguno de los especialistas médicos señalados, SENASA procesará la autorización y pago a los laboratorios y solicitará el reembolso a la Tesorería de la Seguridad Social, previa auditoría por la SISALRIL.

Estos procedimientos están en vigencia de inmediato y se mantendrán mientras persista la situación de emergencia epidemiológica y fueron previamente acordados en diálogo constructivo con todas las ARS y los laboratorios autorizados

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